El día de ayer, un importante centro judío de educación quedó libre de los cargos discriminatorios y racistas que se le imputaban contra un menor de once años. En este caso en disputa, cuya sentencia iba a ser de suma importancia para la gran mayoría de escuelas de este tipo, el juez dictaminó que la política de admisión aplicada fue completamente legítima, y que no hubo ningún acto ilegal que afectara directa o indirectamente a la víctima.
¿Evidente discriminación o una simple aplicación de políticas privadas? El caso que se ventilaba ayer sobre esta importante materia era sin duda seguido por muchos. La sentencia que emitiría el magistrado a cargo iba a sentar un precedente muy importante para futuras situaciones de esta temática. Pero lo cierto es que la batalla de una humilde familia en contra de una institución de esta envergadura, estaba prácticamente perdida antes de comenzar.
Los argumentos
Por un lado, el padre del niño sostiene que la entidad acusada no aceptó a su hijo, que durante todo el proceso se hizo llamar “M”, porque no era “suficientemente judío”, constituyendo por tanto un episodio de flagrante discriminación.
Por otro, la parte acusada asevera que para ser admitido en su escuela, se debe tener un nivel de judaísmo aceptado y confirmado por el organismo que lideran los jefes rabinos (OCR), premisa por la que aseguran haber actuado sólo de acuerdo a los estatutos correspondientes.
¿Suficientemente judío?
Esta institución practica una cultura de individualidad basada en un judaísmo ortodoxo, y dentro de sus normas de admisión, dan preferencia a aquellos postulantes que tengan el estatus aceptado por el mencionado organismo. La OCR no reconoce cambios de religión efectuados a través de otras sinagogas progresistas.
Esta parece ser la causa de todo, pues es sabido que la condición de judío es heredada por la madre y en este caso la progenitora de M, a parte de ser de origen italiano, se convirtió a esta religión mediante una de estas citadas sinagogas. Es decir, no perteneció al judaísmo desde un inicio, así se haya convertido a éste antes de que M naciera.
Lo que dijo el juez
El emisor de esta polémica sentencia afirmó que de haber tomado una decisión que afectara a la escuela, ésta podría haber sido ilegal pues cada centro, sin importar la religión que profese, tiene ya unas reglas establecidas que hay que respetar. Luego comentó que la política de dar preferencia a aquellos que son genuinamente judíos, de acuerdo con las premisas ortodoxas de la institución, fue esencial para legitimar lo dicho por la parte acusada, pues realmente apunta al cumplimiento de las normas sentadas.
Agregó además que estos estatutos no tienen un trato especial con respecto a los de otras escuelas religiosas. Sería, dijo, como si la musulmana sostuviera que debes ser musulmán para ser admitido, o como si la católica exigiera el hecho de haber sido bautizado previamente para ser aceptado.
En conclusión: En principio el menor no será admitido por que su condición religiosa no está aprobada por la OCR. Su padre tiene hasta el día once de este mes para apelar a la sentencia dictada. Con este desenlace, muchos centros de política similar no se verán obligados a cambiar sus normas y justo o no, aplicarán la reserva del derecho de admisión según su propio criterio.
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Que pasaria si ese colegio fuera cristiano o arabe… eh hicieran lo mismo que este colegio.